HAWAI
En Hawái existe la posiblidad de desarrollar un programa de reservas de surf; hasta la fecha, sin embargo, este no ha sido implementado. Asimismo, las rompientes pueden ser protegidas en el marco de leyes para la preservación de bienes históricos y culturales, o como parte de áreas de gestión marinas y áreas marinas protegidas.
La herramienta mejor posicionada para gestionar las rompientes es el Plan de Manejo de la Zona Costera de Hawái, que, al considerar a las actividades recreativas como objetos de proteccón, podría incluir medidas para conservar y gestionar los lugares para practicar el surf. Finalmente, ciertas evaluaciones ambientales han exigido mitigar los impactos adversos de algunos proyectos de desarrollo en zona de rompientes, como ocurrió en Kaanapali, Kahana y Kekaha (Targets).
HAWAI
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ACTUALIZADO: DD/MM/AAAA
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NORMAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DE ROMPIENTES
1.1. RESERVAS DE SURF
En el marco de la Orden Ejecutiva 10-07, en Hawai se pueden identificar reservas de surf. El Departamento de Tierras y Recursos Naturales de Hawai (DTRN) es el responsable de administrar las tierras públicas, los recursos hídricos, las aguas oceánicas, los arroyos navegables y las zonas costeras (excepto los puertos comerciales), y, por tanto, es la autoridad encargada de reconocer el surf como un bien del Estado de Hawai. De esta manera, puede instalar la señalizaciones para conmemorar e identificar las reservas de surf, y ayudar a promover la colaboración entre los diferentes organismos gubernamentales para protegerlas.
Sin embargo, la Orden Ejecutiva 10-07 no tiene el peso de una ley, y el DTRN ha expresado que no tiene fondos disponibles ni la capacidad de proporcionar apoyo administrativo para un programa de reservas de Surf.
1.2. PRESERVACIÓN DE BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES
La Ley HRS 6E se enfoca en la preservación de los bienes históricos y culturales del Estado. También podría ser un vehículo eficaz para lograr el reconocimiento y la protección de los lugares de surf. El programa de la HRS 6E considera un registro estatal para identificar los lugares históricos. Aunque a la fecha no hay sitios de surf en el registro, estos lugares incluyen posibles sitios subacuáticos significativos para la historia o la cultura del Estado y sus comunidades, con lo que podría incluirse la protección de rompientes.
Hale'iwa, North Shore, reconocido como Distrito Histórico, Cultural y Escénico, principalmente por su rompiente de surf de calidad mundial. Foto: Brent Bielmann.
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ROMPIENTES Y ÁREAS PROTEGIDAS
Las rompientes pueden protegerse indirectamente a través de las áreas de gestión marinas (AGM) y áreas marinas protegidas (AMP), a pesar de que no se haga referencia a las rompientes explícitamente en los marcos legales que las regulan.
La División de Recursos Acuáticos se encarga de las AGM y AMP. Las primeras son zonas geográficas específicas, designadas por ley o norma administrativa, con el fin de gestionar recursos marinos. Las segundas son un subconjunto de las primeras, y se centran en la protección, mejora y conservación del hábitat y los ecosistemas marinos.
Para elevar la proteccióon de las rompientes, sería clave modificar las normas de establecimiento o gestión de las AGM y las AMP, de modo que se identifiquen explícitamente las rompientes contenidas en ellas.
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ROMPIENTES EN PLANES DE MANEJO DE ZONAS MARINO-COSTERAS
En Hawai las rompientes y las olas no tienen un estatus legal específico, sin embargo, el Plan de Manejo de la Zona Costera de Hawái (PMZC), permite proteger a las rompientes al considerar las actividades recreativas dentro de los objetos de protección. El PMZC también pretende preservar valiosos ecosistemas costeros de importancia biológica, como los corales (cuya batimetría desempeña un papel fundamental en la formación y calidad de las idílicas olas hawaianas).
La Oficina de Planificación es el organismo principal encargado de la planificación de las zonas costeras del Estado, y quien administra el PMZC. Uno de los principales componentes del PMZC es el Plan de Gestión de los Recursos Oceánicos (PGRO), un plan estatal obligatorio que pretende resolver los problemas y asuntos costeros que no se abordan adecuadamente en las leyes y normas existentes.
El PGRO identifica prioridades de manejo que reflejan los objetivos y políticas del PMZC. Las prioridades de manejo para 2020 han sido la economía oceánica, el patrimonio cultural del océano, la resolución de conflictos y la promoción de prácticas de manejo de los océanos basadas en la comunidad y en el lugar.
Si bien las rompientes no se incluyen explícitamente dentro del PMZC, las prioridades del PGRO apoyan indirectamente la protección de las rompientes que reconocen el patrimonio cultural e histórico de los océanos.
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EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL
En Hawai, las leyes estatales y federales regulan los requisitos para la elaboración de declaraciones de evaluaciones ambientales. Una importante norma general es la Ley de Política Ambiental de Hawái, dado que regula el sistema de evaluación ambiental. El propósito de este sistema es garantizar que las preocupaciones ambientales sean debidamente consideradas en la toma de decisiones junto con las cuestiones económicas y técnicas Sobre la base de observaciones y recomendaciones, se busca que el proyecto se implemente con el menor efecto perjudicual posible para el ambiente, o incluso que este no se implemente, si su ejecución pudiera generar impactos severos e inevitables. Si el organismo encargado de la aprobación determina que no es probable que la actividad tenga un impacto significativo, emitirá una notificación de "Declaración de impacto no significativo" y esta podrá seguir adelante
En el caso de evaluaciones ambientales que identifican o reconocen a rompientes dentro del medio ambiente afectado po por ciertas actividades, se requieren medidas de mitigación para cualquier impacto adverso sobre ellas, así como opciones de acción alternativas.
En general, salvo el caso de olas famosas, los potenciales impactos en las olas de los proyectos de desarrollo no se consideran expresamente en los procesos de evaluación ambiental. Cuando las rompientes han sido consideradas, históricamente se les ha analizado de manera superficial.
Restauración de la playa de Kaanapali y mejora de las bermas. La evaluación ambiental propuso minimizar la perturbación de las actividades recreativas en el océano mediante la aceleración de la etapa de construcción (para limitar la duración del proyecto) y la utilización de arena que sea altamente compatible con la existente (para minimizar los cambios en los patrones de las olas, las corrientes y la batimetría cercana a la costa). Foto: The Best 24 Things to Do In Kaanapali Beach + West Maui (planneratheart.com)
Mitigación de la erosión en la bahía de Kahana. La evaluación ambiental propuso planificar las actividades de dragado durante el verano, cuando hay menos oleaje, e informar efectiva y ampliamente a la comunidad respecto al período en el que se limitaría el acceso a la bahía. Foto: Hailey Minton.
El año 2017 Surfrider Foundation y la Alianza de Acción Progresista de Hawai presentaron una demanda contra la Junta de Recursos Naturales y Terrestres de Hawái, y Syngenta Hawai'i LLC. Se les acusaba de no realizar una ambiental de conformidad con las leyes medioambientales de Hawái, para un permiso de uso del suelo que afectaba a una parcela de tierra en Kekaha, Waimea (Kona), Kauai. Las demandantes señalaron que el proyecto tendría un impacto significativo en los recursos medioambientales sensibles, incluidas las vías fluviales y las aguas cercanas a la costa. La parcela en cuestión es adyacente a la línea de costa que sustenta la vida marina, que además forma parte de la zona de surf designada por el Estado y conocida como Targets. El juez dictaminó que el uso que Syngenta hace de las tierras de conservación del Estado está sujeto a las leyes de revisión medioambientales de Hawái. Por lo tanto, hasta que sea revisado por un tribunal superior, cualquier nuevo arrendamiento o ampliación de las operaciones en tierras estatales, en el distrito de conservación o dentro de la línea de costa, debe pasar por una revisión ambiental. Foto: Clement Faydi.
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ACCESO PÚBLICO
El Estatutos Revisados de Hawai (capítulo 15) establecen que la ausencia de acceso público a las costas de Hawai es una infracción del derecho fundamental a la libre circulación en el espacio público, y al acceso y uso de las zonas recreativas costeras. El capítulo pretende garantizar el derecho de acceso público al mar y a las costas, así como al tránsito a lo largo de las mismas en todo el Estado.
Este capítulo también establece una distancia máxima entre los derechos de paso públicos: considera el intervalo necesario para un acceso razonable según la topografía del lugar. No obstante, este derecho de acceso al litoral está restringido al uso recreativo durante las horas de luz.
Si el acceso público no está previsto, Ley HRS § 46-6.5 la exige a los promotores y subdirectores que destinen terrenos para el acceso público mediante una servidumbre para el desplazamiento peatonal. Los nuevos proyectos de urbanización están obligados a cumplir con estas condiciones para poder ser aprobados.
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CONTAMINACIÓN MARINO-COSTERA
Existen múltiples instrumentos a nivel federal y estatal que pueden utilizarse tanto para prevenir como para hacer frente a los casos de contaminación que afectan a las rompientes.
A nivel federal, en virtud de la Ley del Agua Limpia, se regulan fuentes puntuales que vierten contaminantes en las aguas de los Estados Unidos.
A nivel estatal, el Plan de Manejo de la Zona Costera de Hawái de Hawái pretende adoptar normas de calidad del agua y regular las fuentes puntuales y no puntuales de contaminación para proteger, y cuando sea posible, restaurar el valor recreativo de las aguas costeras.
El HRS 343 y el HAR 11-200 también son normas que ayudan a prevenir la contaminación, ya que establecen un sistema de evaluación ambiental que exige que cualquier contaminación del agua, causada directa o indirectamente por algún proyecto o actividad, sea analizada, mitigada y justificada en el marco del proceso de evaluación ambiental.
Asimismo, la doctrina del fideicomiso público de Hawái proporciona una acción legal para hacer cumplir el derecho reconocido del pueblo a tener las aguas protegidas para su uso. Esto abarca los derechos tradicionales de los hawaianos, la fauna y la flora, el mantenimiento del equilibrio ecológico, la belleza escénica y la preservación de las aguas.
Finalmente, la designación de Áreas de Gestión Marina AGM, que incluyen las Áreas Marinas Protegidas, influyen en que las actividades humanas reduzcan los vertimientos y la contaminación.
En los últimos años, la isla de Kaua'i ha combatido la descarga de contaminantes agrícolas en el océano utilizando, como elementos clave, la protección de las rompientes afectadas y sus zonas circundantes. Ya en 2016, Earthjustice (en nombre de la Fundación Surfrider, Na Kia'i Kai y la Red de Acción contra los Plaguicidas) demandó a la Corporación de Desarrollo Agroindustrial de Hawai por violar la Ley de Agua Limpia, en un esfuerzo por proteger las aguas del lado oeste de Kaua'i. La Corporación operaba un sistema de zanjas de drenaje de 40 millas, que descargaba millones de galones de agua contaminada en el océano, con lo que afectaba la salud de las personas y ensuciaba el agua donde la gente pescaba, nadaba, surfeaba y navegaba. En 2019, los demandantes ganaron el juicio, y se exigió que la corporación implementara un programa de control de la calidad del agua y mejores prácticas de gestión para reducir la contaminación. Foto: Earthjustice.