AOTEAROA NUEVA ZELANDA
- 1. NORMAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DE ROMPIENTES
- 1.1 NIVEL NACIONAL
- 1.2 NIVEL REGIONAL
- 1.2.1 TARANAKI
- 1.2.2 AUCKLAND
- 1.2.3 GISBORNE & BAY OF PLENTY
- 1.2.4 NORTHLAND
- 1.2.5 WAIKATO
- 1.2.6 SOUTHLAND
- 2. ROMPIENTES EN PLANES DE MANEJO DE ZONAS MARINO-COSTERAS
- 3. ACCESO PÚBLICO
- 4. ROMPIENTES Y EVALUACIÓN DE EFECTOS AMBIENTALES
- 5. CONTAMINACIÓN MARINO-COSTERA
1. NORMAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DE ROMPIENTES
1.1 NIVEL NACIONAL
Nueva Zelanda fue el primer país del mundo en adoptar la protección de sus rompientes de Surf, identificándolas directamente en su legislación, dotándolas así de un marco jurídico nacional en la Declaración Política Costera de Nueva Zelanda de 2010 (DPCNZ), que otorgó protección a 17 Rompientes de Importancia Nacional, proporcionando una protección legislativa inmediata y otorgando a las autoridades un mandato claro y un papel clave en la conservación y gestión de estos recursos naturales únicos para las generaciones futuras.
La DPCNZ contiene disposiciones para alcanzar el objetivo de la Ley de Gestión de Recursos de 1991 (RMA - Resource Management Act) en relación con el medio ambiente costero. La RMA es la principal ley que rige la interacción de las personas con los recursos naturales. Su objetivo, establecido en el artículo 5, es promover la gestión sostenible de los recursos naturales y físicos. El artículo 57 de la RMA establece que en todo momento debe existir al menos una declaración política costera neozelandesa elaborada, recomendada y publicada por el Ministerio de Conservación. La DPCNZ es la única declaración política nacional obligatoria que exige la RMA.
Así pues, la DPCNZ proporciona orientaciones esenciales a las autoridades locales para la gestión cotidiana del medio ambiente costero, con el fin de alcanzar el objetivo de la RMA en relación con el medio ambiente costero de Nueva Zelanda.
La DPCNZ identifica 29 políticas en relación con 7 objetivos políticos prioritarios nacionales.
La POLÍTICA 16 exige la protección de las Rompientes de Importancia Nacional, que se enumeran en el Anexo 1 de la DPCNZ. Las 17 Rompientes de Importancia Nacional enumeradas en el Anexo 1 son las siguientes:
Column1 | Column 2 |
---|---|
Northland | 1. Peaks – Shipwreck Bay 2. Pines – Super tubes – Mukie 2 – Mukie |
Waikato | 3. Manu Bay – Raglan 4. Whale Bay – Raglan 5. Indicators – Raglan |
Taranaki | 6. Waiwhakaiho 7. Stent Road – Backdoor Stent – Farmhouse Stent |
Gisborne | 8. Makorori: Makorori Point – Centres 9. Wainui Beach: Stock Route – Pines – Whales 10. Tuamotu Island (‘the Island’) |
Coromandel | 11. Whangamata Bar |
Kaikoura | 12. Mangamaunu 13. Meatworks |
Otago | 14. The Spit (Aramoana) 15. Karitane 16. Murdering Bay 17. Papatowai |
A su vez, las políticas 13 y 15 de la DPCNZ protegen rompientes de forma indirecta:
La POLÍTICA 13 contiene el mandato de preservar el carácter natural del entorno costero y de protegerlo de subdivisiones, usos y desarrollos inadecuados, tal como se indica a continuación:
Tipo de carácter natural | Tipo de efecto adverso |
---|---|
Carácter natural excepcional | Deben evitarse los efectos adversos de las actividades sobre los carácteres naturales |
Todos los demás carácteres naturales | Deben evitarse los efectos adversos significativos sobre los carácteres naturales. Deben evitarse, remediarse o mitigarse otros efectos adversos |
Es decir, en los casos de carácter excepcional, los efectos adversos deben evitarse, mientras que en los demás casos se permiten hasta cierto punto -evitando sólo los significativos-, lo cual es importante para determinar el nivel de protección que alcanza una zona. Esto incluye evaluar el carácter natural del entorno costero de la región y garantizar que las declaraciones de política regional identifiquen las zonas en las que la conservación de los carácteres naturales requiere objetivos, políticas y medidas. Es decir, las autoridades locales deben determinar en primer lugar si se necesita o no protección y, a continuación, adoptar medidas para lograr la protección necesaria.
La Política 13 también reconoce que los carácteres naturales no son lo mismo que los elementos naturales, los paisajes o los valores recreativos, que se consideran en la Política 15.
La POLÍTICA 15 ordena la protección de los elementos naturales y los paisajes naturales del medio ambiente costero frente a subdivisiones, usos y desarrollos inadecuados, tal como se indica a continuación:
Tipo de elemento natural | Tipo de efecto adverso |
---|---|
Elementos naturales y paisajes excepcionales | Deben evitarse los efectos adversos de las actividades sobre los elementos naturales y los paisajes |
Todos los demás elementos naturales | Deben evitarse los efectos adversos significativos sobre los elementos naturales y los paisajes Deben evitarse, remediarse o mitigarse otros efectos adversos |
Mientras que la Política 16 se centra en la protección de las rompientes de Surf por derecho propio, las Políticas 13 y 15 se centran en la protección de las rompientes como parte de un conjunto más amplio de valores naturales ("carácter o elemento natural"). Así, estas últimas políticas contienen un mandato para preservar/proteger más rompientes de importancia regional o local, en función de su carácter, elemento y paisaje. El enfoque de la DPCNZ de Nueva Zelanda es quizás el mejor ejemplo de una progresión del enfoque desde la protección de un conjunto básico de rompientes de importancia nacional hasta rompientes menos conocidos pero no por ello menos importantes en todas las regiones.
El glosario de la DPCNZ define:
- Rompientes de surf como un carácter natural que se compone de oleaje, corrientes, niveles de agua, fondo marino, morfología del fondo marino y el viento. El carácter hidrodinámico del océano (oleaje, corrientes y nivel del agua) se combina con la morfología del fondo marino y los vientos para dar lugar a una "ola surfeable". Una rompiente de Surf incluye el corredor de oleaje a través del cual viaja el oleaje, y la morfología del fondo marino de ese corredor de olas, hasta el punto en que las olas creadas por el oleaje se disipan y se vuelven no surfeables.
- Corredor de oleaje la región mar adentro de una rompiente donde el oleaje oceánico se desplaza y se transforma en una "ola surfeable".
- Ola surfeable es una ola que un surfista puede tomar y surcar. Las olas surfeables tienen un punto de rompiente que se desprende a lo largo de la cresta ininterrumpida de la ola, de modo que el surfista puede surfearla, al ser impulsado lateralmente a lo largo de la cresta de la ola.
Al momento de desarrollar la DPCNZ, la Junta de Investigación que se conformó al efecto registró en su proceso de desarrollo que algunas de las "rompientes de Surf de Nueva Zelanda son importantes a nivel nacional e incluso internacional, atrayendo a visitantes de todo el mundo, así como proporcionando una variedad de oportunidades de Surf, incluyendo algunas para el aprendizaje (...). La calidad de las olas puede verse comprometida por el desarrollo del corredor de oleaje hacia el mar, y el disfrute de las rompientes por parte de los surfistas puede verse comprometido por las descargas, las limitaciones de acceso y los cambios en los carácteres naturales".
Ahora bien, la DPCNZ no proporciona criterios para definir lo que constituye una Rompiente de Importancia Nacional, ni adopta ninguna posición sobre la clasificación de las rompientes y su importancia (es decir, importancia nacional, regional o local). La base para la selección de las 17 Rompientes de Importancia Nacional fue la Guía de Surf Wavetrack de Nueva Zelanda, en la que se seleccionaron rompientes con una puntuación de 10 sobre 10 en un ranking definido por el autor. La falta de orientación nacional para aplicar estas políticas ha dado lugar a diversos enfoques regionales.
La intención de la Junta de Investigación de la DPCNZ era tener un enfoque inclusivo, en el sentido de que la lista no es limitada, y que con el tiempo se pueden añadir más rompientes de Surf, además de que ya se reconocen como carácteres naturales excepcionales por derecho propio, en la medida en que cumplan con la definición de rompiente de Surf en el glosario de la DPCNZ y hayan sido identificadas. La Junta de Investigación de la DPCNZ declaró lo siguiente: "Llegamos a la conclusión de que no debería haber criterios en la política para la selección de nuevas Rompientes de Importancia Nacional, dado que podría haber avances en la metodología de identificación y clasificación de las rompientes naturales”. La lista de Rompientes de Importancia Nacional podría ampliarse en su próxima revisión (prevista cada 10 años). Es muy probable que los candidatos a añadirse a la lista procedan de las rompientes que los consejos identifiquen como de importancia regional.
1.2. NIVEL REGIONAL
Nueva Zelanda está a la vanguardia de la evolución mundial en materia de gestión de rompientes. Las autoridades están obligadas a poner en práctica la DPCNZ incorporando las rompientes de Surf a la política y la planificación mediante métodos como la caracterización del recurso y la formulación de objetivos, políticas y normas adecuados. El concepto de importancia regional ha sido explorado por varias autoridades locales como medio para hacer efectivas estas responsabilidades, surgiendo nuevos mecanismos de planificación.
Aunque la DPCNZ identifica directamente las Rompientes de Importancia Nacional mediante el uso de una lista, no proporciona orientación sobre la ulterior categorización de las rompientes de acuerdo con conceptos de importancia (por ejemplo, categorías de importancia regional o local). Más bien, estos conceptos han evolucionado en el contexto del desarrollo y la planificación de la política regional. El grado de esfuerzo que se ha dedicado a estos ejercicios responde a la presión de los grupos ecologistas y a los casos de degradación/preservación de recursos en los que se han visto implicados.
En todos los casos, la importancia regional se ha utilizado para conferir estatus a un conjunto de rompientes dentro de la región, a las que luego se aplican métodos de planificación específicos con el fin de lograr cierto grado de protección. Esto demuestra que el papel del estatus de importancia regional como herramienta de gestión está estrechamente vinculado al nivel de protección propuesto.
Al menos 247 rompientes han recibido protección en virtud de estas políticas, según una evaluación finalizada en 2017 (Orchard 2017a).
Fecha | Instrumento político | Metodología | Referencias |
---|---|---|---|
2010 | Declaración Política Regional para Taranaki | Rompientes identificadas en Wavetrack (Morse y Brunskill 2004) y otras nominadas para su inclusión a través de consultas con la comunidad local de Surf. | TRC (2004; 2010) |
2015 | Propuesta de Plan de Recursos Naturales para la región de Wellington | Rompientes identificadas en Wavetrack (Morse y Brunskill 2004) y otras nominadas para su inclusión a través de consultas con la comunidad local de Surf. | GWRC (2015) Gunson et al. (2014) Atkin et al. (2015) |
2016 | Plan Unitario de Auckland Operativo en Parte | Rompientes identificadas en Wavetrack (Morse y Brunskill 2004), conocimiento local del staff del consejo local y consultas con la comunidad local. | AC (2016) Coombes and Scarfe (2010) McNeil and Coombes (2012) |
2017 | Propuesta de Plan Regional para el Medio Ambiente Costero de la Bahía de Plenty | Rompientes identificadas en Wavetrack (Morse y Brunskill 2004) y otras nominadas para su inclusión mediante consultas con la comunidad local de Surf. | BPRC (2017) Peryman (2011a) |
2017 | Propuesta de Plan Regional para Northland | Rompientes identificadas en Wavetrack (Morse y Brunskill 2004) o nominadas por el panel de expertos locales + evaluación de la importancia general por el panel de expertos locales + aplicación de una puntuación de corte utilizada para definir el estado de importancia regional | NRC (2016b; 2017) |
2018 | Propuesta de Plan Costero para Taranaki | Inventario regional de rompientes + encuesta a la comunidad sobre los valores de las rompientes + evaluación de las rompientes con respecto a los umbrales de importancia regional para criterios individuales. | TRC (2017; 2018) Orchard (2017c) |
Declaraciones políticas regionales y planes reglamentarios de Nueva Zelanda que han identificado rompientes de importancia regional, así como las metodologías utilizadas para su identificación. Fuente: Atkin, E., Bryan, y otros. “Management Guidelines for Surfing Resources”. Raglan, Aotearoa New Zealand: Aotearoa New Zealand Association for Surfing Research. 2019.
Las metodologías para la recopilación de conocimientos locales han incluido talleres, entrevistas, encuestas (tanto en persona como en línea) y una serie de métodos de participación de las partes interesadas, incluidas oportunidades de participación anunciadas públicamente, entre otros.
Los conocimientos locales también se han incorporado directamente en la identificación de rompientes de importancia regional. Por ejemplo, incluso los enfoques más sencillos que adoptan la forma de "crear una lista" han brindado a los conocedores la oportunidad de aplicar su criterio a la hora de determinar qué rompientes incluir.
1.2.1. TARANAKI
El Consejo Regional de Taranaki fue la primera autoridad local que dispuso la protección de las rompientes de Surf en función del RMA. La Declaración Política Regional de Taranaki de 2009 (DPRT) reconoce 81 Rompientes de Importancia Regional. Las 81 rompientes están cartografiadas en mapas, mostrando la ubicación de una rompiente individual o mediante una línea que se extiende a lo largo de la costa donde hay una zona de Surf protegida. Algunas rompientes están dentro de una zona sombreada en amarillo identificada como "zona costera de importancia local o regional", pero no está claro si la extensión del sombreado refleja el área espacial de la rompiente.
La DPRT hace referencia a las rompientes en términos generales, pero no las menciona en sus objetivos, políticas o métodos. También se ha señalado la importancia de incluir el concepto de corredores de oleaje, ya que la zona marino costera de Taranaki es en realidad un gran corredor de oleaje para las 81 Rompientes de Importancia Regional identificadas en la DPRT. El Plan Costero Regional de Taranaki es también una herramienta de regulación útil e importante que podría revisarse y modificarse en pos de la protección de rompientes.
En 2018 se propuso un Plan Costero para Taranki, en el que también se utilizó un enfoque participativo para clasificar las rompientes según criterios de importancia regional para su inclusión en el plan regional. En este caso reciente, los resultados de la encuesta comunitaria se han hecho públicos y se están analizando como parte del proceso de revisión del plan. La evaluación inicial del staff del Consejo (TRC, 2017) en función de los criterios de importancia regional (Orchard, 2017c) se está consultando actualmente con las principales partes interesadas, que aportarán sus comentarios en una próxima audiencia.
1.2.2. AUCKLAND
Coombes y Scarfe (2010) propusieron criterios para la evaluación de los valores de las rompientes de surf en el contexto de la formulación de recomendaciones políticas para la Declaración Política Regional de Auckland (DPRA). Se aplicaron para caracterizar una lista de rompientes regionales identificadas a partir de Morse y Brunskill (2004), información de la Surfbreak Protection Society (una organización sin ánimo de lucro con sede en Nueva Zelanda) y los conocimientos locales del staff del consejo. Los criterios de valoración no se utilizaron para clasificar las rompientes en categorías como regional o localmente significativas. En su lugar, el objetivo era proporcionar información sobre aspectos importantes de las rompientes para su gestión (Coombes y Scarfe, 2010; McNeil y Coombes, 2012). Posteriormente, el borrador de la lista de Rompientes de Importancia Regional fue sometido a nuevas consultas con la comunidad, lo que dio lugar a varias modificaciones antes de ser adoptado dentro del Plan Unitario de Auckland, que incorporaba a la DPRA (AC, 2016).
Aunque los criterios de evaluación propuestos por Coombes y Scarfe (2010) no se utilizaron directamente para identificar la importancia, siguieron siendo influyentes y fueron objeto de nuevas investigaciones en los años siguientes.
1.2.3. GISBORNE & BAY OF PLENTY
En 2011, las Rompientes de Importancia Regional fueron consideradas en el contexto de estudios de planificación en los Distritos de la Bahía de Plenty y Gisborne (Peryman, 2011a,b). En el estudio de Gisborne, se utilizaron encuestas para recabar información de los miembros de la comunidad sobre la importancia de 20 factores relevantes para las rompientes de Surf (Coombes y Scarfe, 2010, y Peryman, 2011). El estudio de la Bahía de Plenty utilizó un conjunto reducido de 11 criterios de evaluación siguiendo un enfoque similar (Peryman, 2011a). Los datos combinados de ambos estudios fueron evaluados por Peryman y Orchard (2013) para identificar las principales categorías de valor asociadas a las rompientes desde la perspectiva de las comunidades costeras de esas regiones.
En estos estudios, las rompientes seleccionadas ya habían sido nominadas por su importancia regional por los interesados locales, en lugar de haber sido identificadas a través de un proceso de evaluación propiamente tal. El objetivo era comprender los valores asociados a las rompientes regionales desde una perspectiva comunitaria más amplia. En este sentido, el razonamiento fue similar al de Coombes y Scarfe (2010; véase también McNeil y Coombes, 2012), pero se extendió más allá de la evaluación de un panel de expertos para incorporar una perspectiva comunitaria más amplia. Los valores identificados proporcionaron pruebas útiles para apoyar la selección de criterios para evaluaciones regionales más exhaustivas.
Dichos valores son, entre otros, los beneficios para la salud física y mental, los valores educativos, de estilo de vida, espirituales, experienciales y de entretenimiento, el uso y disfrute cultural, sitios de importancia cultural, actividades comerciales y efectos económicos, y elementos naturales, entre otros.
El Consejo Regional de la Bahía de Plenty también cuenta con una Declaración Política Regional para dar efecto a la DPCNZ, que señala, en la Política CE 8B, la garantía de una subdivisión, uso y desarrollo adecuados a los elementos naturales del medio ambiente costero.
1.2.4. NORTHLAND
Northland es el primer ejemplo de utilización de criterios de importancia regional específicamente concebidos para identificar rompientes que se adoptaron posteriormente en un plan legal. Los principales atributos considerados para la evaluación son la rareza de los tipos de rompientes, la calidad de las olas, la consistencia, la singularidad, la naturalidad, el nivel de uso, el valor económico y la educación, entre otros.
El concepto de importancia regional derivó finalmente en un Análisis Multicriterio de suma ponderada. El resultado fue una puntuación sumada de 60 para cada rompiente, a la cual una puntuación umbral de 31 o más se aplicó como medio para calificar la condición de Rompiente de Importancia Regional (NRC, 2016b).
1.2.5. WAIKATO
La Ordenanza de Seguridad de la Navegación en Waikato (2003-2020) (Ordenanza) fue establecida en virtud de la Ley de Transporte Marítimo de 1994, y se aplica a la mayoría de las aguas navegables dentro de la jurisdicción del Consejo Regional de Waikato. Su principal objetivo es reducir los conflictos entre los grupos de usuarios y las modalidades de ocio acuático, de manera de separar las actividades incompatibles en aguas superficiales, como los canales para embarcaciones y las zonas de Surf, con especial atención a la seguridad (Consejo Regional de Waikato 2020).
Una de las zonas reguladas es Raglan, el destino de Surf más conocido del país, designada en una actualización de la ordenanza realizada en 2003 para reconocer y proteger a los surfistas como grupo de usuarios de esa zona. El año 2006 se delimitó otra zona de Surf en la entrada del puerto de Whangamatā, donde se encuentra otra de las rompientes más famosas del país (Whangamatā Bar). Muchos de los controles contenidos en la Ordenanza se aplican al uso de embarcaciones en zonas reservadas a modalidades recreativas como el Surf, la natación y el buceo. El mecanismo general de aplicación es la cartografía de las zonas reservadas en la Ordenanza y la señalización de apoyo in situ.
Actualmente la Ordenanza abarca también como puntos de Surf las populares de importancia local Manu Bay y Whale Bay.
1.2.6. SOUTHLAND
La Declaración Política Regional de Southland de 2017 (DPRS) contiene un capítulo sobre la costa que da efecto a la DPCNZ, haciendo referencia a las políticas mencionadas anteriormente. Por otra parte, el Ngāi Tahu ki Murihiku Plan de Gestión de Recursos Naturales y Medio Ambiente Iwi 2008 (Te Tangi a Tauira) es el documento de planificación pertinente que señala que una serie de actividades pueden afectar la salud cultural del medio ambiente costero.
En 2021, Environment Southland está llevando a cabo una revisión de su Plan Costero Regional (PCR), y ha solicitado la identificación de las Rompientes de Importancia Regional (RIR) en Southland, para incluirlas también en el PCR.
Las 13 RIR, de oeste a este, son Big Bay, Martins Bay, Blue Cliffs, Frenches Reef, Porridge, Beatons, Raratoka, Nicks Point, Colac Bay, Riverton Rocks, Oreti Beach, Haldane Bay y Porpoise Bay. Cada RIR está delimitada por una Área de Rompientes (AR). Porridge y Beatons, y Martins Bay y Big Bay, comparten AR denominadas Pahia y Awarua, respectivamente. Se recomienda incluir estas RIR en el PCR.
Se requiere más investigación e información para determinar de forma concluyente si Mason Bay, Saber Reef, Avalanches, 2nd Break y 3rd Break pueden considerarse de importancia regional. Mientras tanto, se recomienda que al menos se reconozcan como recursos para la práctica del Surf bajo el epígrafe "Rompientes de Importancia Local, o potenciales RIR. El extremo occidental de la bahía de Te Waewae, desde Rowallan Burn hasta Sand Hill Point, debería designarse como Litoral Conocido para la Práctica del Surf.
Los esfuerzos de Environment Southland para proteger sus rompientes incluyen tres componentes metodológicos:
1. Identificación de rompientes
2. Caracterización
3. Criterios de importancia (consulta pública)
4. Delimitación de Áreas de Rompientes (AR) para cada RIR
5. Construcción de corredores de oleaje o swell
La Guía para la Gestión de los Recursos del Surf (Atkin et al., 2019) proporciona una lista exhaustiva de 34 actividades, amenazas y/o fuentes diferentes que se identificaron mediante revisiones bibliográficas, amplias consultas públicas y aportaciones de expertos técnicos. Estas actividades, amenazas y/o fuentes se clasifican en 4 subcategorías:
- Interior, Cuencas y Vías Navegables
- En y alrededor de un Área de Rompiente (AR)
- Cerca de la Costa, Alta Mar y Corredor de Oleaje
- Sociales y Tecnológicas.
Existen riesgos evidentes para las rompientes de Surf, como la construcción dentro de la AR, pero también riesgos menos evidentes, como los asociados a la administración de la tierra. Los impactos físicos sobre las rompientes incluyen las actividades dentro de una AR, la calidad del agua y el acceso, las actividades en el corredor de oleaje de una AR, los efectos de la subida del nivel del mar y los cambios en el suministro de sedimentos y los impulsores asociados.
La Guía para la Gestión de los Recursos del Surf (Atkin et al., 2019) proporciona un marco de evaluación de amenazas basado en la sensibilidad que considera el carácter geomorfológico y el entorno medioambiental. Dentro de un AR, la clasificación de sensibilidad se relaciona con la dependencia de una rompiente de los procesos que mantienen la calidad de las olas para surfear. Las consideraciones pueden ser el arrecife rocoso expuesto, la ubicación en alta mar de un "point break" de roca, aguas profundas, beach break de arena expuesta, entre otros.
Entre las actividades o amenazas reconocidas como tales se encuentran las siguientes:
- Silvicultura
- Canteras
- Extracción de materiales en vías navegables (por ejemplo, dragado)
- Construcción, desarrollo y mantenimiento de puertos
- Restricción del acceso por parte de los terratenientes
- Campo de dunas transgresoras
- Restauración de playas
- Programas de plantación de dunas
- Vertidos de petróleo
- Dragado de canales de aproximación a puertos y dársenas
- Acuicultura
2. ROMPIENTES EN PLANES DE MANEJO DE ZONAS MARINO-COSTERAS
En Aotearoa Nueva Zelanda, la gestión costera reconoce que los recursos de Surf tienen una serie de valores y contribuyen al carácter natural y al paisaje del litoral. Las rompientes tienen un alto valor recreativo, cultural y de entretenimiento, y constituyen un subsector diferenciado de la industria turística.
La legislación principal que regula los planes de manejo de zonas marino costeras es la Ley de Gestión de Recursos Naturales y Ambientales de 1991 o RMA. Esta ley establece un marco legal integral para la gestión sostenible de los recursos naturales y ambientales en Nueva Zelanda, incluidas las zonas marino costeras.
En virtud de la Ley de Conservación de 1987, el Ministerio de Conservación es el encargado de abogar por la conservación de los recursos naturales e históricos en general (Sección 6 (b)). Una de sus responsabilidades clave en relación con la gestión costera es preparar, supervisar y evaluar la implementación de la DPCNZ, y aprobar todos los Planes Costeros Regionales y cualquier cambio en ellos.
No obstante lo anterior, el Ministerio de Conservación a menudo hace solicitudes en términos del RMA a las políticas y planes de las autoridades locales y dada su responsabilidad por la DPCNZ, se puede esperar que tengan un gran interés en asegurar que sus políticas, incluidas las relativas a las rompientes, tengan efecto.
Lo anterior no significa que será más o menos exitoso que otros solicitantes en el proceso de elaboración de políticas y planes, y no es prudente dejar que el Ministerio de Conservación por sí solo asegure que las rompientes de Surf estén adecuadamente protegidos, especialmente cuando debe priorizar responsabilidades dado la reducción de presupuesto y otras presiones de gobierno.
Si bien la DPCNZ no ofrece orientaciones específicas sobre cómo gestionar una rompiente, las Declaraciones Políticas Regionales, los Planes Regionales, los Planes Costeros Regionales, los Planes de Distrito y los Planes Unitarios, deben tener en cuenta la DPCNZ.
Una parte constitutiva del medio ambiente costero es la Zona Marino Costera (ZMC). El RMA define la ZMC como la zona costera, el fondo marino y las aguas costeras, así como el espacio aéreo sobre el agua:
1. Cuyo límite hacia el mar es el límite exterior del mar territorial, a 12 millas náuticas desde la tierra (límite del ámbito jurisdiccional para las autoridades regionales).
2. Cuyo límite hacia tierra es la línea de la pleamar media, excepto cuando dicha línea cruza un río, el límite hacia tierra en ese punto será el que sea menor de los siguientes: i. 1 kilómetro aguas arriba de la desembocadura del río; o ii. el punto aguas arriba que se calcula multiplicando la anchura de la desembocadura del río por 5.
Las actividades realizadas fuera del mar territorial, que caen dentro de los corredores de oleaje, y que podrían tener efectos adversos sobre ellos (como, por ejemplo, la explotación minera o la recuperación de petróleo, entre otros), están fuera del alcance de la DPCNZ.
De esta manera, el "medio ambiente costero" y sus límites exactos no se definen específicamente en la DPCNZ, pero sí proporciona orientaciones a las autoridades locales para su interpretación caso por caso y sus procesos de planificación. De esta manera, la DPCNZ en sí misma no ha resuelto la cuestión de dónde y cuándo se deben aplicar sus políticas. Cualquier nueva medida adoptada por las autoridades locales para definir el medioambiente costero será importante.
Por otra parte, es importante considerar la lógica regulatoria en virtud del RMA para el rol que ocupan las reglas en los planes. En tierra, los propietarios pueden utilizarla como deseen, a menos que la forma en que la usen contravenga una regla en un plan (distrito o región) o una norma ambiental. Si es así, entonces se requiere un consentimiento de recursos. Sin embargo, el medio ambiente marino se gestiona de manera diferente a través de un régimen prohibitivo. Esto significa que la mayoría de las actividades no están permitidas en el área marino costera a menos que estén autorizadas por una regla en un plan regional costero u otra legislación pertinente. Muchas actividades también pueden ser autorizadas mediante la obtención de un consentimiento o permiso de recursos, según corresponda, a menos que las reglas pertinentes prohíban específicamente el uso particular para el cual se solicitaría el consentimiento.
De acuerdo con el RMA, los Consejos Regionales deben preparar un Plan Costero Regional y también pueden preparar otros Planes Regionales que no deben ser incoherentes. El objeto de estos Planes es dar efecto a las Declaraciones Políticas Regionales y Nacionales. Sin embargo, la Sección 64(2) del RMA establece que “Un Plan Costero Regional puede formar parte de un Plan Regional cuando se considere apropiado, con el fin de promover la gestión integrada de un Área Marino Costera y cualquier área relacionada del medio ambiente costero”. En consecuencia, algunos Consejos Regionales han optado por incorporar el requisito de un Plan Costero Regional dentro de un Plan Regional de mayor alcance. Un ejemplo es el Plan Medioambiental Costero Regional elaborado por Environment Canterbury, para promover una mejor integración de las respuestas a las preocupaciones que implican actividades basadas en tierra.
En el contexto de la gestión de rompientes de Surf, las Declaraciones Políticas Regionales y los Planes Costeros Regionales son importantes instrumentos para que los grupos de partes interesadas presenten y trabajen para lograr resultados en la protección de olas. Los Planes Regionales también deben tener en cuenta cualquier documento de planificación relevante reconocido por una autoridad Iwi, o un documento de planificación producido por un grupo con algún título marítimo consuetudinario en virtud de la Ley del Área Marina y Costera (Takutai Moana) de 2011 que ha sido presentado al Consejo. Estos brindan más oportunidades para políticas relevantes para rompientes dentro del marco general de gestión.
Dado que los planes se han diseñado para implementar las políticas pertinentes, para lograr la protección de las olas es importante asegurarse que las políticas apropiadas se encuentran en las declaraciones políticas correspondientes, y que los planes contengan reglas que sean efectivas en la implementación de estas políticas.
3. ACCESO PÚBLICO
El componente terrestre del medio ambiente costero, considerado más arriba en la definición de Zona Marino Costera, es esencial para abordar, entre otras cosas, el mantenimiento de la calidad del agua y el acceso a las rompientes. Este componente terrestre puede incluirse en las Declaraciones Políticas Regionales para ayudar a gestionar aspectos de la costa que pueden afectar a las rompientes, no sólo en cuanto al acceso, sino también en lo que dice relación con la extracción de arena que pueden alterar el suministro de sedimentos a la costa, o la escorrentía de cuencas hidrográficas que pueden degradar la calidad del agua.
Por su parte, la DPCNZ contiene las siguientes disposiciones relacionadas con el acceso público a las zonas de rompientes:
4. ROMPIENTES Y EVALUACIÓN DE EFECTOS AMBIENTALES
La Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Nueva Zelanda se denomina Resource Management Act 1991 (RMA), o Ley de Gestión de Recursos de 1991. La RMA es una legislación integral que aborda la gestión y protección del medio ambiente en Nueva Zelanda.
Según la RMA, cualquier persona o entidad que desee realizar una actividad que pueda tener un impacto significativo en el medio ambiente debe solicitar un consentimiento ambiental (autorización de recursos). Esto incluye actividades como la construcción de infraestructuras, la extracción de recursos naturales, el desarrollo urbano y la agricultura intensiva, entre otros.
El proceso de evaluación de impacto ambiental implica la presentación de una solicitud de consentimiento ambiental (Evaluación de Efectos Ambientales - EEA) ante la autoridad local o regional correspondiente. Esta solicitud debe incluir información detallada sobre los posibles efectos ambientales de la actividad propuesta, así como medidas de mitigación y manejo propuestas. La EEA debe incluir todos los impactos potenciales sobre el medio ambiente, una evaluación del nivel de los impactos potenciales, y cómo los impactos adversos pueden ser evitados, remediados o mitigados.
La autoridad competente revisará la solicitud y llevará a cabo una evaluación de impacto ambiental para determinar los posibles efectos y riesgos para el medio ambiente. También se deben considerar los valores y principios del tratado de Waitangi, que establece una asociación entre el gobierno de Nueva Zelanda y las tribus maoríes.
En función de la evaluación, la autoridad puede otorgar el consentimiento ambiental con o sin condiciones, negar el consentimiento o solicitar información adicional. Si se otorga el consentimiento, se pueden establecer condiciones específicas para garantizar la mitigación de los impactos ambientales y el monitoreo continuo de la actividad.
Para que la gestión de los recursos de Surf tenga éxito, es fundamental contar con un conjunto de condiciones bien redactadas que reflejen los impactos potenciales y reales y cómo deben supervisarse, así como los procedimientos de gestión que pueden aplicarse para evitar, remediar o mitigar cualquier impacto adverso.
Las condiciones de autorización pueden adoptar diversas formas. En lo que respecta a los recursos de Surf, la mayoría de las veces se refieren a efectos que pueden modificar las características de las rompientes, aunque también pueden afectar la calidad del agua y el acceso a las rompientes. Por lo tanto, es fundamental que se recopilen datos de referencia para cuantificar las características y la mecánica de las olas para surfear. Además, en la actualidad se desconocen muchos impactos potenciales sobre las rompientes de Surf y sus corredores de oleaje debido a la falta de investigación. Esto significa que el monitoreo de la línea de base es crítico para determinar los impactos.
A través del proceso de autorización de recursos, una EEA debe garantizar que los efectos sobre una rompiente (reales y potenciales) son menores o insignificantes, o que cualquier efecto puede gestionarse a través de la evitación, el remedio o la mitigación antes de conceder la autorización de recursos.
Aunque los impactos de una actividad sobre activos medioambientales como la biodiversidad, el marisqueo o el transporte de sedimentos son automáticos y suelen detallarse en las EEAs, tradicionalmente se han ignorado los impactos sobre las rompientes de Surf. En los casos en que se ha reconocido el impacto sobre el Surf, se ha revisado de forma superficial. Por ejemplo, cuando se construyó la rampa para embarcaciones de Manu Bay, se obtuvieron todos los permisos medioambientales y la rampa se construyó legalmente. Aunque las EEAs empezaron a utilizarse hace 30 años, no se llevó a cabo una investigación seria de las repercusiones de la rampa para embarcaciones en las olas de Surf porque no existían técnicas de EEA para las rompientes y no se exigieron durante el proceso de obtención de permisos.
Expertos han señalado que una de las claves del éxito en la gestión integrada de zonas costeras es la identificación y recopilación de los datos pertinentes, que podrían ser utilizados para gestionar las amenazas o para determinar los elementos que una EEA debería incluir en cuanto al Surf, por cuanto ciertas actividades podrían alterar la calidad de las olas o podría tener impactos sobre el Surf. Los grupos interesados en el Surf bien preparados deberían invertir en la recopilación continua de esos datos para que estén fácilmente disponibles en caso de que sus zonas de Surf se vean amenazadas.
No obstante lo anterior, a la fecha, existe una lista significativa de casos en los que los impactos sobre las rompientes de Surf han sido reconocidos e incorporados en la Evaluación de Efectos Ambientales para la solicitud de consentimiento de recursos y/o impugnados en los Tribunales de Medio Ambiente y los Tribunales Superiores. Estos casos no se han limitado a los rompientes de Surf mencionadas en la Política 16 de la DPCNZ, e incluyen Town Reef (Napier), Kaituna Cut (Bay of Plenty), Mangamaunu (Kaikoura; SBNS), Takapuna Reef (Auckland), Whangamata Bar (Coromandel; SBNS), varias rompientes a lo largo del estuario occidental del Támesis (Auckland), The Corner y Lyall Bay (Wellington), Taylor's Mistake (Christchurch), Whareakeake y Aramoana (Dunedin; SBNS), Titahi Bay (Wellington), Waiwhakaiho (Taranaki) y Waipaoa River Mouth (Gisborne).
Aramoana es un rompiente de alta calidad que se estaba viendo afectada por vertidos y dragados. A través de la mediación entre la Surfbreak Protection Society (SPS) y Port Otago Ltd, se concedió un permiso temporal de 3 años que restringía en gran medida el volumen de vertido cerca de la costa para determinar sus impactos. Además, no se permitió ningún vertido cerca de la costa durante los 2 primeros años. Mediante una combinación de vigilancia por vídeo a distancia, repetición de estudios batimétricos, modelización numérica y encuestas a los surfistas locales, se comprobó que la calidad de las olas había mejorado notablemente. Esta mejora, producto de la restricción de los volúmenes de vertido, se correlacionaba con una reducción del volumen de arena dentro de la bahía de Aramoana a medida que se desplazaba de forma natural hacia el oeste y alrededor de la punta.Fotografía de Rambo Estrada, para el informe "Directrices sobre Teledetección, Clasificación y Gestión de Rompientes de Importancia Nacional y Regional: Caracterización Inicial de los Lugares de Estudio".
En Canterbury se realiza vertimiento de dragas por mantenimiento cerca de la costa, por parte de la Compañía Portuaria de Lyttleton, lo que podría alterar tanto la calidad del agua como la batimetría, alterando las rompientes que allí se ubicaban. A raíz de un recurso de la Surfbreak Protection Society, en la autorización de recursos para el vertido de dragas de mantenimiento, se incluyó la condición de que representantes de la comunidad de Surf participen en esta autorización, compartiendo información sobre la calidad de las olas, supervisando y determinando si es necesario o no adoptar medidas de gestión. En la foto (de Stacy Squires), la playa de Taylors Mistake fue cerrada tras ser declarada insegura debido a un vertido de aguas residuales.
Whangamata Bar es una de las Rompientes de Importancia Nacional de Nueva Zelanda de la DPCNZ. Actualmente hay debate sobre si la calidad de la ola se encuentra comprometida por actividades antropogénicas, en particular por el mantenimiento de un programa de dragado para el canal de entrada del muelle del puerto, que afectaría la batimetría y los movimientos de marea. Foto de Jwan Milek, para el informe "Management Guidelines for Surfing Resources".
Un terremoto en Kaikure, el año 2018, pueblo cercano a la famosa Rompiente de Importancia Nacional de Mangamaunu, hizo que agentes desarrolladores quisieran construir una ciclovía que, por acogerse a la Ley de Emergencia, podía omitir la respectiva Evaluación de Efectos Ambientales, lo cual no sólo afectaría a la famosa ola, sino que también importantes sitios históricos y sagrados para la población indígena. Surfbreak Protection Society presentó una demanda judicial llevando el caso hasta la Corte Suprema de Nueva Zelanda, con lo cual logró evitar la construcción de ese proyecto, que, en definitiva, significaba la construcción de un recurso no natural, a expensas de un recurso natural. Foto de Warren Hawke, para el reportaje "Iconic Mangamaunu Point Break Gets Reprieve, Carpark Axed" de Dereck Morrison.
5. CONTAMINACIÓN MARINO-COSTERA
En Nueva Zelanda, la principal ley que aborda la protección del medio ambiente es la Ley de Gestión del Medio Ambiente de 1991 (Resource Management Act, RMA). La RMA establece un marco legal integral para la gestión sostenible de los recursos naturales, incluyendo la gestión de la contaminación del agua y la protección de los ecosistemas marinos costeros.
Además de la RMA, hay otras leyes y regulaciones relacionadas que abordan la contaminación marina y la protección del medio ambiente en Nueva Zelanda, como:
1. Ley de Contaminación del Agua (Water Pollution Act): Esta ley regula la contaminación del agua y establece normas para la calidad del agua en ríos, lagos y otros cuerpos de agua.
2. Ley de Conservación de la Vida Marina (Marine Mammals Protection Act): Esta ley protege a los mamíferos marinos, como delfines y ballenas, y establece restricciones sobre la interacción con ellos.
3. Ley de Protección del Medio Ambiente Marino (Marine Protection Act): Esta ley tiene como objetivo proteger el medio ambiente marino y la biodiversidad costera mediante la creación de áreas marinas protegidas y la regulación de actividades humanas en esas áreas.
4. Ley de Protección del Medio Ambiente (Environment Protection Authority Act): Esta ley establece una agencia de protección ambiental (Environment Protection Authority, EPA) que tiene la responsabilidad de regular y controlar las actividades que podrían tener un impacto significativo en el medio ambiente.
Por su parte, la DPCNZ contiene las siguientes disposiciones relacionadas con la contaminación:
Otra normativa destacable es la Ley de Minimización de Residuos de 2008, que fomenta la reducción de la cantidad de residuos generados y eliminados en Nueva Zelanda. El objetivo es reducir el daño medioambiental de los residuos y proporcionar beneficios económicos, sociales y culturales a Nueva Zelanda.